Las universidades son instituciones educativas. La autonomía se refiere a la facultad que tienen para autogobernarse. Es decir, una universidad autónoma sirve para impartir educación superior, al tiempo que administra su patrimonio y establece sus normas, independientemente de que reciba recursos del gobierno.
Auditoría a la autonomía
Ya que la universidad autónoma es una institución que recibe recursos públicos, también es susceptible de fiscalizarse. Además, se deben reportar los gastos realizados cada año fiscal.
Antes de recibir el recurso, cada universidad autónoma hace un presupuesto anual, basado en sus necesidades. Una vez revisado por las autoridades, el monto económico otorgado a cada universidad es reducido y aprobado. Por lo anterior, las autoridades universitarias deberán hacer los ajustes correspondientes.
Año con año, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) realiza auditoría a los gastos realizados por la universidad. Si se encuentran irregularidades, se le informa a la universidad para que las subsane, es decir, muestre los documentos originales o complementarios que demuestren el uso efectivo de los recursos. En caso de no subsanar las irregularidades, se deberá devolver el monto señalado. Estas auditorías son públicas.
Las leyes y la autonomía
Al ser un ente autónomo, cada universidad es quien pone sus reglas. Los estatutos universitarios y su legislación son determinados al interior; para esto, las autoridades universitarias en ocasiones pueden convocar a la comunidad universitaria a participar activamente en las modificaciones que se realicen a su normatividad. Por lo que el poder legislativo, encargado de la parobación de las leyes, no participa en la elaboración de las leyes universitarias.
La universidad autónoma y el derecho a la educación
Cada cierto tiempo se pone en la mesa de discusión la forma en que las universidades autónomas realizan su proceso de admisión. Y es que cada una de las universidades autónomas establece su forma de ingreso dejando fuera de cada ciclo escolar a miles de jóvenes.
Sin embargo, cada institución de educación superior debe hacer un filtro porque ninguna tiene la infraestructura suficiente para admitir a todo aquel que quiera estudiar una licenciatura.
Ante esta problemática nacional, el gobierno federal publicó el 12 de agosto de 2009 la primera convocatoria del Programa de Educación Superior Abierta y a Distancia, ahora Universidad Abierta y a Distancia de México (UnADM).
Las universidades autónomas
En México tenemos nuestra máxima casa de estudios, a nivel nacional: la Universidad Nacional Autónoma de México. A nivel estatal tenemos 40 universidades:
Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, Instituto Tecnológico Autónomo de México, Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca, Universidad Autónoma Indígena de México, Universidad Autónoma Metropolitana, Universidad Juárez Autónoma de Tabasco, Universidad Popular Autónoma de Veracruz, Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla, Universidad Veracruzana, así como las autónomas de Chapingo, Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Ciudad Juárez, Coahuila, Durango, Guadalajara, Guerrero, Ciudad de México, La Laguna, Nayarit, Nuevo León, Occidente, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz Villa Rica, Yucatán, Zacatecas, del Carmen, del Estado de Hidalgo, del Estado de México UAEMex, del Estado de Morelos UAEMor, del Noreste,
Hablemos de la BUAP
Las instituciones reciben el nombre de Benemérita por sus logros y su labor. La Benemérita Universidad Autónoma de Puebla inició su historia en el Siglo XVI, como el Seminario de la Compañía de Jesús de San Jerónimo, fundado por religiosos jesuitas. Fue el Congreso del Estado de Puebla quien le otorgó, el 2 de abril de 1987, el título de Benemérita por «su presencia en el desarrollo de la ciencia y la cultura en el estado de Puebla».
La BUAP y la transparencia
Recientemente, las autoridades universitarias aprobaron el Reglamento de Elección de Autoridades Personales Universitarias. Este reglamento pasó por manos de comisiones estatutarias y miembros del Consejo, quienes analizaron y discutieron su contenido. Derivado del análisis de las mesas de trabajo, se obtuvieron 41 artículos, 6 capítulos y 2 artículos transitorios. En este reglamento, además de las disposiciones generales, se especifican las reglas de las elecciones, desde la convocatoria, la integración de las comisiones, la campaña electoral y su jornada, así como la calificación del proceso, para culminar con el nombramiento de las autoridades.
De esta forma, se garantiza la transparencia en las elecciones de autoridades universitarias, tan necesaria en la vida pública, como en la comunidad de la BUAP. En palabras de la Rectora María Lilia Cedillo Ramírez «Somos de las pocas universidades públicas autónomas que todavía eligen a sus rectores. De 35, sólo siete llevan a cabo un proceso de elección, el resto tiene nombramientos por otros órganos de gobierno. Nosotros tenemos el privilegio de elegir libremente a nuestros representantes; lo mismo sucede con los directores de unidades académicas».
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