Claudia Hernández
Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), desestimaron el proyecto presentado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá. El cual buscaba invalidar disposiciones de la reforma al Poder Judicial.
Antes de votar en contra, el ministro Alberto Pérez Dayán, calificó de improcedente e insensata la promoción de una acción de inconstitucionalidad contra dicha reforma.
“No coincido con la propuesta sobre una nueva reflexión, convencido que esta acción de inconstitucionalidad, a partir de sus precedentes, debe considerarse improcedente y sobreseer en la misma”.
Pérez Dayán, comentó que la Corte tuvo que desechar desde un inicio las acciones de inconstitucional contra la reforma judicial y no analizarlas.
Norma Piña abrió su intervención, al resaltar que las decisiones que tomen los ministros, de las cuales son conscientes, tienen peso histórico. Además, criticó que el proyecto presentado por Alcántara Carrancá, quiere dividir a la sociedad, pero es deber de la Corte, proteger la Constitución.
“Esta es la ineludible tarea que se le encomienda no solo a este, sino a todos los tribunales constitucionales del mundo”
A los votos en contra, se unieron los ministros Alberto Pérez, Lenia Batres, Loretta Ortiz, Yasmín Esquivel, Luisa María Aguilar y Jorge Mario Pardo. Por lo que, al no alcanzar la mayoría calificada, que consistía en ocho votos, se discutió de fondo.
De haberlo logrado, los ministros habrían analizado la propuesta que buscaba invalidar la elección por voto popular de magistrados y también, jueces. Al determinar si ésta incurre en alguna violación a los principios de la independencia judicial.
No obstante, también se invalidaría la reducción de remuneraciones de los jueces y magistrados actuales, pero no para los que encabecen el Poder Judicial después.
Entre las conclusiones a las que llegaron los ministros de la SCJN, está que los partidos políticos sí pueden presentar acciones de inconstitucionalidad contra la reforma judicial.
Por lo que ahora, podrán presentar acciones relativas a los sistemas electorales de comunidades y pueblos, donde no necesariamente participan las agrupaciones.
Es de mencionar que, este fallo se dio tras siete horas de discusión. A la par de un plantón, a las afueras de la Corte y Palacio Nacional, por parte de trabajadores del Poder Judicial.